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Fallos: 112:309 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 13 de 1909.

Y vistos:

Estos autos, de los que resulta:

Que con fecha 30 de Octubre de 1906, don Pedro M. Caballero en nombre y representación de la provincia de Corrientes, entabla acción reivindicatoria contra el doctor don José Gregorio López, de una fracción de tierra compuesta de 65.278.463 metros cuadrados, ubicada en el departamento de Curuzú Cuatiá, provincia de Corrientes, y cuyos límites, son al norte, el Arroyo Aguay, y propiedades que fueron de don Luis López y don Marcelino González; al oeste, la propiedad mencionada, de don Luis López y el demandado; al sud, el mismo demandado y más terreno fiscal detentado por la sucesión de _.

don Celestino Araujo, y al este, también el demandado.

Dice que este juicio es consecuencia del posesorio que esta corte falló hace poco entre el señor Caballero y el doctor López. Como antecedente refiere que el año 1860 el padre del representante de la provincia, compró al gobierno de ésta una parte de los campos que hoy se reivindican y se separó para vender en fracciones á don Luis López y á don Marcelino González, quedándose él con el resto que poseyó pacificamente hasta el año 1870, que le fué arrebatado á consecuencia de la aprobación de una mensura que el padre del demandado hizo practicar el año 1864 por una comisión de agrimensores de que formaba parte un pariente del demandado, mensura que fué aprobada dejando á los perjudicados su libre acción contra quien corresponda.

Con motivo de esa operación, don Toribio "sentó sus reales", no sólo en el tererno fiscal que quedaba entre su fundo y el de

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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:309 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-112/pagina-309

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