414 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 1 " F. C. Buenos Aires y San Fernando limitada". (Buenos Aires " And San Fernando Railway Company limiter), para construir " un ferrocarril por. locomotoras á vapor, de una sola vía, con los " desvíos y vías dobles en los puntos necesarios, sólidamente cons" truído con materiales adecuados y de buena clase, y tren rodante " de igual calidad y en cantidad suficiente á las necesidades del trá" fico; el dicho ferrocarril principiará en el lado Norte de la usina .
" del gas, en la ribera del río y seguirá hasta el pueblo de San Ter" nando, por la vía y traza que determina el plano aprobado con esta " fecha por el gobierno.
" Esta traza sólo podrá variarse coñ previa expresa autoriza" ción del gobierno en caso de necesidad y conveniencia. La com " pañía podrá, además, si le conviene, extender el camino, por " fuerza de caballo (tranway) desde la estación principal hasta la " aduana nueva, por la calle 25 de Mayo ó por el Paseo de Julio, " debiendo, en este caso, obtener el asentimiento de la munieipali- / " dad, en lo que respecta á la ocupación de la vía pública y su con" servación ". " 7", El gobierno concede á la compañía dos man" zaas de terrenos de propiedad pública, cada una de ciento cincuen" (a varas por costado, en plena propiedad mientras existe el ferro " carril, para poner en ellas la estación principal, almacén, etc.
" Además, una manzana en frente de Belgrano, otra en San Isidro " y dos en el término del camino, en San Fernando. Siendo enten" dido que la compañía renuncia todo derecho sobre las dos man" zanas que le han sido cedidas al sud de la usina del gas". "8.0 El "gobierno concede igualmente á la compañía el terreno de propiedad " pública en que ha de construirse el camino, en veinte y cinco varas " de ancho, en todo el curso del ferro carril".
4.° Que la facultad con que el gobierno de la provincia de Buenos Aires después de la ocupación de la tierra pública para la vía, deriva no solamente de la ley de 28 de junio de 1859 que lo autorizó á revalidad el contrato que había celebrado con Hopknis en .
3 de agosto de 1857, y en el que se estipulaba esa ocupación, sinó también de la ley de 2 de julio de "1857, que adoptó para el ferro carril á San Fernando las bases acordados" para el del oeste, por
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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:414
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