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Fallos: 111:241 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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el sentido y alcance que tienen en los instrumentos con que los estadus soberanos, libres 'é independientes fijan sus límites ; é implican el dominio y soberanía que. ejercen sobre el río señalado .como tal. . Aquellas cuatro provincias ejercieron su soberanía sobrc el río Paraná, más, sin olvidar ni desconocer en momento .

alguno los poderes del congreso general llamado á organizar la nación. Así lo consignan cn sus tratados ; y su más alta comprobación está en las aduanas que crearon, las que; en la difícil hora de consumar -la organización constitucional," resisten primero y luego, venciéndosc á sí mismas, — las entregan al gobierno federal, con todos los poderes sobre aquél río, que ellas entrañan y como las más preciadas armas con que por su parte cóncurren á constituir y afianzar la unión, la paz, la seguridad y engrandecimiento del pucblo de la Nación ; más, con esta limitación, la de no puder ser suprimidas, por scr todas cllas exteriores. Artículo 67 inciso 9 de lac onstitución. > Ox .

No existe en la constitución y en la causa no se ha invácado .

precepto que en forma expresa declare que corresponde al gobierno federal el cjercicio exclusivo "y absoluto de todos los poderes que entraña cl dominio y soberanía sobre los ríos.

Se le hace derivar de poderes delegados al gubierno frde Jal, estimados como necesariamente, excluyentes del ejercicio di tede ctra poder en los ríos de parte de las provincias.

El actor ha invocado como tales el artículo 26 que declara «La navegación de los ríos interiores de la nación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente á los regla- .

mentos que dicte la autoridad nacional.» Los incisos 9, 12 y 14 del artículo 67 que acuerdan al coñ- .

greso" las facultades de reglamentar la libre navegación de

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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:241 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-111/pagina-241

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