CAUSA XCVI " -
+ Recurso extraordinario deducido por don Luis Di. Robles, en autos con el Banco Nacional en liquidación; por cobro de pesos.
Sumario: 1.9 En las causas del Banco Nacional en liquidación no procede el recurso de apelación á que se refiere el ° artículo 3.9 de la ley 4055. - . To 2.7 Es improcedente el recurso extraordinario autorizado nor el artículo 14 de la ley N.o 48 y el artículo 6.9 de la ley N.o 4055, cuando la excepción de prescripción discutida en el .
Juicio, no ha sido fundada en las leyes de liquidación del Banco Nacional, aplicadas por la sentencia recurrida, sino en disposiciones del código d:: Comercio. Caso: Lo explican las piezas siguientes: . SENTENCIA DEL JURZ FEDERAL N - . - Córdoba, Mayo 21 de 1908, Y vistos : — ._— a, "Estos autos por cobro de pesos seguidos por el Banco Nacional en Liquidación, contra don Luis M. Robles:
Resulta: - .
Que despachada la ejecución y trabado embargo en bienes del
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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:109
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