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Fallos: 110:104 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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104 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA —- - .

estas circunstancias, pienso que la estimación hecha por el inferior en la suma de 10.000 $ es equitativa y que debe confirmase la sentencia apelada sobre este particular, así como en lo que se refiere Á la obligación por parte del autor del delito de satisfacer los gastos hechos en, la asistencia de la víctima y — en su funeral (art. 1118 del Cód. Civil) con más las costas del , .

presente juicio: Tal es mi voto. Los Doctores Moscoso, Villada, . , Argento y Candioti se adhierieron á este voto.

Con la que terminó el acuzrdo que firman los señores Miembros del Superior Tribunal de Justicia por antc mi de que doy fé.

Santiago Irigoyen.— Clemente — S. Villada—Juan D. Mos- .

coso.— Aurelitmo Argento.

—Ricardo A. Carídioti— (Ante mí): Vicente J. Gar- . —" cía. .

Santa Ve, Agosto 12 de 1905.

Y vistos: - .

f? Por los fundamentos del acuerdo que antecede el Superior Tribunal de Justicia, resuelve: , Primero . Reformar la sentencia de primera Instancia dictada en el proceso criminal seguido contra Santiago Talarico por - homicidio en la persona de Liberato Amatille en cuanto ordena , al encausado 4 sufrir la pena de 18 años y 6 meses de presidio. .

Segundo: Imponer al encausado Talarico lá pena de 17 años y € meses de presidio como autor responsable de homicidio simple en la persona de Liberato Amatille, fijándose en 3 años

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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:104 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-110/pagina-104

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