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Fallos: 109:19 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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Por estos fundamentos, fallo en definitiva este juicio ini ciado por los señores Lacroze Hermanos y Compañía, por la empresa Tranway Rural, contra don Federico Boillat por re, petición de la suma de 17711 pesos 68 centavos, moneda nacional, abonada por impuesto de afirmados, no haciendo lugar á la demanda. sin costas, por tratarse de una Cuestión de puro derecho. .

Notifíquese á las partes, inscríbase en el libro respectivo Y repóngase los sellos.

Así lo pronuncio, mando y firmo en Buenos Aires á cuatro de abril de mil novecientos cinco. - o - . 1. Helguera.—(Ante mí): AL.

fredo Mendoza.

SENTENCIA DE LA CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL .
: DE LA CAPITAL — . Buenos Aires, capital de la República Argentina, á doce de julio de mil novecientos "siete, reunidos los señores vocales de Ja Exma Cámara de Apelaciones en lo Civil, en su sala de acuerdos para conocer del recurso interpuesto en los autos caratulados Lacroce Hnos. y Cia., contra Boillat Federico, só- bre devolución de dinero respecto de-la sentencia corriente 4 foja 69, el tribunal estableció la siguiente cuestión :

¿Es arreglada á derecho la sentencia de foja 69? ° " Practicado el sorteo, resultó que la votación debía tener higar en la orden siguiente: Señores vocales, doctores Basual do, Méndez Paz, Molina Arrotea, Saavedra, Méndez.

E señor vocal doctor Basualdo dijo": La cuestión 4 resol ver está reducida á saber si el contrato celebrado para la cons- .

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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:19 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-19

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