1,0 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE única heredera del causante obligado, y fuera de aplicación el artículo 3285, siempre sería competente el Juez ordinario del domicilio del mencionado heredero: pero nunca, el Juez Federal que está inhibi-lo de conocer, por ser parte la sucesión á que aquél está ligado.
Para que el heredero se considere Cesprendido de la sucesión, á los efectos del fuero federal, por razón de distinta vecindad, --como en el caso presente, —es necesario que fallúndose dentro de las condiciones legales que justifican ese fuero, aquella se haya clausurado con la adjudicación ú partición definitiva de los bienes, y que la acción se instaure por obligaciones personalmente contraidas por esos herederos ( tomo 45 pág. 72 : "Tomo 82-pág. 411).
Ni una ni otra cosa ha sucedido en el caso, no siendo bastante la distinta vecindad establecida en estos nutos para neutralizar las disposiciones y jurisprudencia citadas.
Creo pues, que V, E dentro de los términos del artíento 9 de la ley 4055, debe resolver la presente contienda de compe tencia, declarando que el señor Juez Federal de la enpital, doctor Ferrer no es competente para conocer en este asunto, Julio Botet.
FALLO DE La SUPREMA CONTE
Bueuos Ares, Fobrero 21 de 1907, Y Vistos: Por los fundamentos del auto de fs. 169 del expediente remitido por el Juez Federal de la capital, y de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en su sentencia de Febrero 14 de 1904, expediente caratulado: «Moss Jacinto, versus Canals Juan (su sucesión), sobre cobro de pesos, competencia del Juez Civil de la capital con el Juez Federal del Rosario», se declara, oído el señor Procurador General, que
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Año: 1906, CSJN Fallos: 106:140
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