DE JUSTICIA NACIONAL 25 al señor juez Federal de Bahía Blanen y repuestos los sellos salisfechas las costas archívese, José A. Carrillo.— Ante mí Victor Barlesi.
AUTO DE LA CÁMARA DE DOLONES
Dutores, Julia 11 de 1905, Y Vistos: para reselver el recurso de apelación interpuesto contra el auto de . 72 v.
Y Considerando:
Que según res.ita del dictamen fiseal y auto del señor Juez i Federal de la Provincia que en testimonio corren de f. 16 á 19 de estos autos, el doctor Pedro Bourel cuando inició su acción contra el Banco Hipotecario y los señores Apuricio y Matienzo, tenia st domicilio renl en la Capital Federal.
Que tanto el Banco Hipotecario como el señor Tomás Matien20, consintieron la jurisdicción del señor juez federal Que la inhibitoria — propuesta por el recurrente y fundada en la enunciación del poder que en testimonio obra ú f. 9, no N puede prosperar, pues como lo huee notar el señor juez fe- | deral, tal enuuciación referente al domicilio no puede tomarse N como cierta desde que el escribano no tiene el deber mi la | obligación de constatar su veracidad, ) Que por otra parte, el hecho primordial para determinar la competencia, es el de saber si el doctor Bonrel- tenin su domicilio en la Capital Federal cuando inició su nezión y como ello resulta así de las constancias del anto del señor juez | federal, la inhibitoria propuesta es improcedente | Por ello, lo dispuesto en el artículo 7 inciso ? de la ley AN de 14 de Setiembre de 1853 y Ley núm, 1467 de 18 de Setiem- , | | | | 1 i ai
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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:235
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