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Fallos: 104:89 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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para la constitución de un tribinal arbitral que resuelva sobre los pedidos del expediente administrativo nú, 190 Letra M. que fueron rechazados en ei Decreto respectivo inserto en el Boletín Oficial núm. 229? arregndo ú F. 4 2 Que en la parte dispositiva de dicho Decreto solo se niega el reclamo y pedido de constitución de mn tribunal mrbitral respecto ú los honorarios de Bateman Parsons y Bateman y ú los gastos de explotación, 3" Que en el considerando 1 de dicho decreto se excluye de él el reclamo de materiales habiéndose desglosado lo pertinente ú esa parte á fin de resulverla separiuinmente una vez que se hayan excminado á la luz de los antecedentes que obran en la Dirección de las Obras de Salubridad.

4" Que, poc consiguiente, no habiéndose demandado mas que por los petition que rechaza el Decreto del P Ejeentivo Nacional, el Juzgado no ha debido y ni podido pronunciarse en lo relativo al reclamo sobre paro y devolución de materia les, por cuanto el P Ejecutivo no se ha pronunciado aun al respecto.

Por estos fundamentos, concedese el recurso de apelación interpuesto respecto ú lo resuelto sobre los honorarios de Bauteman, Parsons y Bateman, libremente y en ambos efectos, En su mérito elévense estos antos á la Exma, Cámara Federal en la forma de estilo. Repongase el papel, ti. Ferrer,
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Buenos Aires, Ortubro 15 de 1904, Vistos y considerando:

1" Que para resolver la presente causa seguida entre don Juan DB. Medici y el P. Ejecutivo de la Nación sobre consti

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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:89 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-104/pagina-89

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