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Fallos: 104:388 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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988 FALLOS DE La SUPREMA CORTR de 1897 (día en que empezó ú fubricar azúcar sugeto al impuesto de seis centavos) expidió 2635 bulsas ú sean 1735 mus de lus que tenía, de donde resulta que el 19 de Junio ya no 1 podía tener ninguna bolsa de la cosecha pasada de 1895. Que del mismo «Diario» aparece que desde el 19 de Junio hasta el 7 de Octubre de 1897, el inveniv expidió 930 bolsas con 81005 kilos, que no hizo figurar en sus declaraciones mensuales, ni > ene!libro de elaboración y expendio de la fábrica, constando igualmente de aquel libro que desde el 15 de Octubre de 1887, Ñ hasta Octubre 14 de 1898, expendió doscientas treinta y cinco bolsas, con 21341 kilógramos con la denominación de hariE Nu, que no se incluyen tampueo en las declaraciones mensua les, ni en los asientos de los libros de elaboración; siendo en q virtud de estas conclusiones que hacen cargo al señor Moreno, dueño de la fábrica, por la defraudación del derecho liscal in discado, correspondientes á las dos partidas de 81095 kilógramos, y de 21381 kilógramos, ó sea la totalidad de 105176 kilógramos.

4" Que In acusación fiscal de fs. 82, sin apartarse en nada de las denuncias mencionadas, declara expresamente que las A hace suyus y las reproduce como parte del escrito de acusaS ción, entrando en el mismo detalle que ellas, de las dos parti das que forman el total de los 105476, hilógramos que tiene por ocultados de la cosecha de 1897; y sustraídos al impuesto 7 de seis centavos, á cuyo pago pide se condene al denunciado, con diez tantos más; siendo de notarse que la mención que se hace por el fiscal de In diferencia que resulta entre la existencia de la fábrica en Diciembre de 189 y la cantidad que y; aparece vendida hasta que empezó la nueva ensecha, es solo como argumento para sustentar el cargo relativo ú Ins ventas posteriores al 19 de Junio de 1897, lo mismo que hacían las o denuncias, sin manifestar explicita ni implícitamente, que la

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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:388 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-104/pagina-388

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