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Fallos: 104:29 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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DE JUSTICIA NACIONAL 2y G Que con el estudio del expediente es fácil recontruir la escena. Los procesados son sorprendidos por el interfecto cuando le acababan de caruear una de las yeguas que andaba campeaudo. Ettemor de aquellos les hace concebir la muerte de aquel para vo ser denunciados á la justicia. Tras aquella concepción viene el hecho, es decir, el ntague ú TMuentemil quien se defiende hiriendo á Catrin y suenmbiendo bajo la superioridad de los dos atacantes, quienes lo ultiman después de enido inficiendole hasta 20 puñaladas, Muerto Huentemil lo sepultan allr mismo y para hacer desaparecer todos los vestizios del erimen, matan d su caballo entre los tres. y lo sepultra también á unas cuantas citudras de distancia.

No es posible determinar que haya habido en el hecho alevosía y premeditación, porque sí ha habido Ineha como es de suponer por las heridas recibidas por Cstrin no habria esa falta de pelicro para los agresores que esracteriza d la alevosía y si la mdes del homicidio ha silo coetánea con el ataque determinado por la sorpresa del dueño de la yegua enrneada, es de suponer que no existe tampoco la premeditación que presupone el acuerdo anterior. la preconcepción del delito en circunstancias distintas de las ocurridas en el sud juice.

Hay sin embargo ensañmmiento. La jurisprudencia y la doctrina han establecido que la enrocteriza, nó el número de heridas, sinó la deliberación y la innecesidad de los males enusalos, 6 el heel ede nececentar Jdesiberadamente con mates innecesarios, el delito, el sufrimiento de la persona ofendida; inferiele despues de esida la víetima mas heridas, que solo tienes por vbjeto hacer mas dolorosa la mzonin ó como dice Ciroizard exize el ensañamiento, la severidad, la samre fria el dominio sobre sí del malvado, nada de aterdimiento; si se trata de mmter, matar despacio, complacerse en la ngonia, alargindola. En le muerte de Huentemil han concurrido esos

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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:29 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-104/pagina-29

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