Carril al Pacífico (fallos tomo 79 pág. 407 ), la del Ferro Carril Buenos Aires y Rosario, fallada en 3 de Julio de 1902, y otras; y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de fs.
141, se confirma esta, debiendo las costas pagúrse en el orden causado. Notifiquese con el original y repuestos los sellos, devuélvanse.
Ocravio Brsue. — Nicanor G.
DEL SoLar.—M. P. Danact.— C. Moyano GaciTtúÚA.
CAUSA XIVI
Prinetti y Stuechi contra A. Fronehi y Cia, sobre cnmplimiento de una sentencia del Tribunal Civil y Penal de Milan. Recurso de hecho, Sumario.—No tiene carácter de delinitiva á los efectos del art. 14 de la ley núm. 48, la sentencia de una Cámara Federal que se limita á revocar un auto del inferior recibiendo á prueba una causa sobre cumplimiento de sentencia de un tribunal italiano, de acuerdo con las disposiciones de la convención celebrada con el Reino de Italia.
Cuso.—Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:222
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