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Fallos: 102:144 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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14 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE RENTENCIA DEL JUEZ LETRADO A <-

y Santa losa de Tuay, Noviembre 10 de 1701, Vistos:

Los de esta causa por homicidio seguida contra Juan MunE quillán 6 José Ocaña, chileno, 19 años de edad, soltero, jornalero, domiciliado en «Meli Curá», 5° Departamento; y Y Considerando; Que la partida de fé 2), informe médico de fs. 10, indagatoria de fs 32 v. y 8 y demás constancias sumariales evidencian el deceso de Fidel Guajardo, acuecido el 29 de Marzo de 1903ú consecuencia de heridas inferidas con cuchillo por el y procesado Manquillán en esa misma fecha y enla estancia del l interfecto, sita en el 4' Departamento.

b Queúá fs. 46, el Agente Fiscal pidió para el reo presidio por E tiempo indeterminado, de conformidad con los art. 145, 86, y inciso 3 y 85 Código Penal, A fs 51 se expidió el defensor sos teniendo que el caso es regido por el inciso 3' del art 14; y piP dió el rechazo de la acusación fiscal enlos términos en que E ha sido presentada.

Y Que si bien el reo califica su confesión invocando la legítima defensa, cuando dice haber herido á Guajardo porque este des| cerrajó primero cuatro tiros de revólver, tal escusa es mmaniy fiestamente improcedente en este caso, no solo porque los exY tremos legales que la caracterizan no resultan probados, sinó | tambien porqué la fuga del reo la coloca en los términos de 2" párrafo del art. 82 Código Penal. La defensa hu entendido del | mismo modo al descartar expresamente la circunstancia nln¡edida, | Que concurren las siguientes agravantes: 1" ln de estar el | reo obligado ú un respecto particular hacia el interfecio, por

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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:144 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-102/pagina-144

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