El art. 1647 del Código Civil y Comercial
Fue coincidente con el/los: ARTICULO 857 , ARTICULO 858 , ARTICULO 859 , ARTICULO 860 , del Legendario Código Velezano
Otros Artículos de Vélez:
ARTICULO 1647 , ARTICULO 1647 bis ,
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art. 1647 del Actual Código Civil y Comercial Argentina
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