- El que se constituye sobre cosas no consumibles por el uso, en que cabe conservar la substancia de los bienes o derechos, pese al disfrute o ejercicio de los mismos, (v. USUFRUCTO IMPERFECTO.) El encuadrado dentro de las disposiciones generales de la institución, "y al cual hacen referencia los derechos y obligaciones del usufructuario común. En este aspecto es el contrario del usufructo especial (v.e.v.).
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