- La pérdida total de la cosa objeto del usufructo extingue por completo este derecho real, ya que no cabe gozar ni obtener frutos de lo inexistente o destruido. Si es la pérdida parcial, el usufructo prosigue en la parte restante. El usufructo de un edificio no concluye por la destrucción del mismo, ya que- el usufructuario tiene derecho a disfrutar de los materiales. Tampoco se extingue el usufructo por perderse una o más cosas, pero no todas, si recae sobre una universalidad de derecho.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual