- En la contabilidad mercantil, título de la cuenta donde se registran los aumentos y beneficios y las disminuciones habidas durante un ejercicio, según el extracto que se realiza de otras cuentas u operaciones. Serra Moret indica que a esta cuenta se llevan los créditos incobrables, los quebrantos o ganancias imprevistas; y sus saldos se suman al activo o al pasivo de la empresa, según corresponda.
Con significado distinto, "pérdidas y ganancias" quiere decir tanto como ingresos y gastos de las sociedades, según el signo positivo o negativo de su comparación.
Por equidad jurídica y económica en las sociedades, y a fin de eludir la llamada cláusula leonina (v.e.v.), el Cód. Civ. esp., coincidiendo con la doctrina general en la materia, declara que: "Las pérdidas y ganancias se repartirán en conformidad a lo pactado. Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las perdidas. A falta de pacto, la parte *de cada socio en las ganancias y perdidas debe ser proporcionada a lo que haya aportado. El socio que lo fuere sólo de industria tendrá una parte igual a la del que menos haya aportado. Si además de su industria hubiere aportado capital, recibirá también la parte proporcional que por él le corresponda" (art. 1.689).
A pérdidas y ganancias: poner o exponer en compañía de otro o varios mis una cantidad de dinero, para estar a las utilidades o perjuicios resultantes, según la cuantía de lo aportado o de las cuotas asignadas.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual