- Las personas, las cosas y las acciones, en toda su complejidad, constituyen el objeto del Derecho, o de las relaciones jurídicas. Entre ellas, las personas son objeto .esencial; ya que puede haber relaciones entre ellas que no recaigan sobre cosa alguna, por limitarse a meras prestaciones, como las de asesoramiento, de puro contenido intelectual, abstracto; además, la acción no siempre acompaña a la potestad personal.
Si por objeto se entiende la finalidad, aun cuando las divergencias sean extremas en la doctrina, el Derecho pretende establecer o restablecer las relaciones justas, pacíficas y bienhechoras entre los hombres por la regulación normativa y la efectiva exigencia, cuando proceda y se actúe, (v. DERECHO, SUJETO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual