- Aquellos que no se destruyen ni sufren menoscabo por repartirlos entre dos o más personas; ya sea en porciones iguales, proporcionales o en absoluto desiguales. Tal es la naturaleza de los frutos de la tierra, de la mayor parte de las fincas rústicas, de los minerales y de la generalidad de las cosas. A veces, la divisibilidad depende más de los partícipes que de los ¿¿enes en sí; por ejemplo, nueve caballos resultan divisibles tan sólo si los interesados son tres o nueve. Esencialmente divisible se considera el dinero; porque en último caso, se reputan despreciables las fracciones de céntimo, centesimo o centavo de la moneda respectiva. Y precisamente el dinero revuelve los conflictos cuando los bienes no admiten división por naturaleza o por el número de los copartícipes, (v. BIENES INDIVISIBLES.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual