- El que fingiéndose dueño de una cosa inmueble la enajenare, arrendare, gravare o empeñare, será castigado con arresto mayor y multa del tanto al triple del perjuicio irrogado. Se impone igual pena a quien dispone como libre de cosa que sabía gravada, (v. el art. 531 del Cód. Pen. esp.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual