A 286 FALLOS DE La SUPREMA CORTE
CAUSA LV
Lozano y Bullester contra Molfino A. y Huv.; sobr: competencia, Sumario.—Las lanchas, botes y canvas no están comprendidos en la denominación de 07e7ues, á que se refiere el artículo 2° de la ley 15 y las relaciones jurídicas que se originen por accidentes en dichos transportes, corresponden ú la jurisdieción común, Caso —Lo explican las siguientes piezas:
SENTENCIA DEL JUEZ DE SECCIÓN
Buenos Aires, Mayo 16 de 190, Vistos y Considerando:
1" Que en el caso sub judice se trata de lanchage y averías, provenientes de un transporte efectuado dentro del Puerto de la Capital.
2" Que la jurisdicción acordada ú los jueces federales por el inciso 10 del art, ?° de la ley de 11 de Septiembre de 1861 sobre jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales se refiere ú los hechos y contratos de navegación y comercio marítimo según lo preceptúa la última parte del mencionado artículo, entendiéndose por tal la que se efectúa entre un puerto de la República y otro extrangero ó entre dos puertos
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Año: 1904, CSJN Fallos: 99:286
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