Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 98:383 de la CSJN Argentina - Año: 1903

Anterior ... | Siguiente ...

Que por consiguiente, los derechos controvertidos en este juicio no han sido gestionados administrativamente y no se ha cumplido el requisito que para la admisión de las acciones civi les contra la Nación exige el artículo 1° de la ley citada.

Que en cuanto ú lo dispuesto por el artículo 2" de esa misma ley número 3952, que también se invoca por el demandante, reclamando un expreso pronunciamiento al respecto, no es de aplicación al sub-judice, por la sencilla razón de que el interesado, no obstante los plazos transcurridos, ha esperado la resolución del P. E y ella ha sido pronunciada é invocada en la demanda, siendo así evidente que no se trata de una acción llevada directamente ante los Tribunales por falta de pronunciamiento administrativo, Por estos fundamentos; y de acuerdo con lo solicitado por el Se. Procurador General, se contirma la sentencia apelada de fs, 27. Notifí quese con el original y repuesto el papel, devuélvase.

Octavio BrssE. — Nicayon G.

DEL SoLar.—M. P. Danact.— A. Benweso.

CAUSA VII
Don Enrique Gutierrez en antos contra Luis Larvori, sobre nulidad de un contrato. Reenrso extraordinario Sumario.—1° La pretendida anulación de una sentencia

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

64

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1903, CSJN Fallos: 98:383 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-98/pagina-383

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 98 en el número: 383 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos