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Fallos: 98:386 de la CSJN Argentina - Año: 1903

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386 YALLOS DE LA SUPREMA CORTE número 3973, sobre marcas de fábrica, comercio y agricultura y la validez de actos administrativos nasionales emanudos de ella, y habiendo sido la decisión definitiva contraria al derecho fandado en los mismos, procede el recurso autori zado por el artículo 17 de la ley número 18, Caso.--1a explican las siguientes piezas:


INFUNRME DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Suprema Corte:

Evacunado el informe solicitado por V. E. en el Recurso de Hecho Jeducido por D. M. Patiño en representación de los Sres. Cassels y Cia. en los autos que siguen contra Don Manuel E. Repetto sobre uso indebido de marea, cúmpleme manifestar:

Que por ante el juzzado a cargo del Dr. Urdinarrain, los Sres. Cassels y Cia. demandaron ú los señores M. Repetto y Cia, por uso indebido de marea de fábrica con la que los demandantes distinguen aparatos y útiles fonográficos 6 reproductores de sonidos con que comercian, y pedían que se condenara ú los Sres. Repetto y Cin ú abstenerse de toda explotación de aparatos reproductores de sonidos, bajo el nombre de Gram-o-phone 6 Gramo-fen con el empleo de discos planos y les dejara ú salvo las neciones por daños y perinicios que el uso indebido de esas marcas les hubieran entisado, con costas.

Los demandados, al sostener la injusticia de la demanda que les promovía los Sres Cassels y Cin., por cuanto eran simples comerciantes en artículos que importaban del extrangero como lo eran los demandados, contrademandaron ú los Sres. Cussels y Cia. por la nulidad de las precitadas marcas de co> mercio y por la indemnización de daños y perjuicios que han

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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:386 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-98/pagina-386

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