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Fallos: 98:378 de la CSJN Argentina - Año: 1903

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CAUSA VII
Enrique Pinaroli contra el Gobierno Nueional; por cobro de pesos Sumario:--Es improcedente la acción deducida contra el Gobierno Nacional, invocanilo la Jey-número 3952, sino ha precedido la reclamación administrativa de los derechos controvertidos y su denegación por parte del P. E.

Caso.—Don Ventura Mortinez Campos por don Enrique Pinaroli, cesionario de un crédito contra la Nación — procedente de la confección de planos, presupuestos y especificaciones, demandó al Gobierno Nacional, invocando la ley número 3052, por la cantidad de 20.000 pesos oro. El juez de sección dió traslado de la demanda al Poder ejecutivo Nacional, dándose le intervención al Procurador Fiscal, y este funcionario pidió revocatoria del auto fundandose en que no se habían cumpli do por el demandante los extremos de la ley número 3052 El Juez dictó el siguiente auto que fu apelado.


AUTO DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Airess, Octubre 2 de 19u% Y vistos:

Para resolver el incidente de revocatoria promovido por el Ministerio Público á mérito de Ins razones que ilustran su escrito de f. 15.

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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-98/pagina-378

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