Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 97:206 de la CSJN Argentina - Año: 1902

Anterior ... | Siguiente ...

206 FALLOS DE LA SUPREMA CURTE

CAUSA NNVI
Don Domingo Ayarregaray contra la Prorincia de Buenos Jires, sobre derol ción de enplidad de posos, Srmurio.— Debe rechazarse la demanda sobre devolución de impuestos provinciales que se pretenden eomtrarios d los artículos 9, 10 y 11 de la Constitución Nacional, si recibida la enusa ú prieba, no se acredita que el pazo de aquellos ha recnído sobre artículos de producción nacional extraidos del territorio de la provineia que los cobra, para ser trans portaudos á otro Jugar fuera de esta, + di in enpitalde la le pública, mi «pue importadas 3 dieta provimeia, hayinn estrado de tránsito en ella para ser conducidos Mera del tereitorio ide la misma, Cuso.— Lao explican las signientes piezas
MIETÁMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENTRAL
Srprema Corte:

Del escrito de Es. 5 rectificado 8 Es. 51, em emite 5 La mino ración de los artículos 75 y 79 de la dey de Impuestos de sellos de la Provincia de Buenos Aires. se desprende que la parte netora sostiene la inconstitucionalidad de nquel impuesto, requiriendo, en consecuencia, la devolución ee la sima de 1115 pesos con_sesenta y cinco centavos moneda mind, que el eemanebante hu passulo en tal concepto 5 la Provimeia demi tiuda

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

71

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1902, CSJN Fallos: 97:206 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-206

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 97 en el número: 206 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos