402 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE diferente que á los que recurren de los fallos de los Tribunales de provincia, siendo evidente, que la nueva ley, como de orden público que es, se aplica tanto ú los asuntos futuros, como ú los pendientes, sin reconocer ú ninguna de las partes derechos que ella no les acuerda.
Por estos fundamentos: se declara bien denegado el recurso.
Notifíquese con el original y repuestos los sellos, remítanse estas actuaciones ú la Cámara Federal de Córdoba, para su agregación á los autos principales.
Aver Bazás. —Octavio BrsoE.— M. P. Danacr.
CAUSA CCCIL
Criminal, contra Juan A. Rossi, por circulación de billetes falsos. Recnrso de hecho Sumario. No se halla comprendida en el inciso 5" del artícnlo 3" de la ley nro, 1055, la sentencia que impone al procesado la pena de diez años de presidio y multa.
Cuso.— Resulta del siguiente
Compartir
43Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1902, CSJN Fallos: 96:402
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-96/pagina-402
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 96 en el número: 402 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos