CAUSA CCC
Crimmal, rontra Gregorio Vázquez y Alfredo S. Soler, por falsedad de nn instramento público; sobre competencia. 
Sumario. —No procede el recurso autorizado por el artículo 14 de la ley n" 39, contra una resolución que admite la procedencia del fuero federal invocado en la cansa, Caso.—Lo explican las siguientes piezas 
AUTO DEL JUEZ FEDERAL
Bahía Blanea, octabre 6 de 1902. 
Autos, vistos y Considerando:
Primero: Que los empleados denunciados por el efe del Registro Civil de Tres Arroyos, dependen de las autoridades de la Provincia de Buenos Aires, pues que la organización de esns oficinas no es materia de una ley nacional, con excepción de la Capital de la República y territorios.
Segundo: Que los artículos 63 y Gi de la ley n". 15 de Li de Setiembre de 1943, se refieren ú delitos cometidos por empleados nacionales ó en oficinas dependientes de la Nación, lo cual no concurre en er caso de que se trata, Tercero: Que si bien se pudiera creer que, por tratarse de practicar el enrolamiento de los ciudadanos ea cumplimiento de una ley nacional, los actos que á esa función se refieren caen bajo la jurisdicción de la justicia federal. esta suposición se desvanece teniendo en cuenta que en el mismo decreto regla
Compartir
54Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1902, CSJN Fallos: 96:404 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-96/pagina-404¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 96 en el número: 404 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
