mu FALLOS DE LA SUPREMA CORTE recayó sobre una fracción de tierra que se encuentra ú tres leguas más al Este del campo cuyos linderos se dieron en ese nuevo escrito; que la simple confrontación de la fecha del título de los actores sobre el campo y la de la fecha de la inscripción del embargo (fs. 2), casi un año de diferencia, escusa mayores alegaciones; que desde la fecha del título b están en posesión pacífica del campo, en que han invertido sumas de importancia en distintos cultivos y otras mejoras, teniéndolo actualmente arrendado ú chacareros; que, en consecuencia, deducían tercería de dominio sobre el bien raíz al que se refiere su título, creyendo no encontrar oposición, y pidiendo, si ésta se produjera, que además de la sentencia favorable en lo principal se impongan las costas al contrario.
Tas actores instruyen la demanda con la escritura de fs. 1.
Corrido traslado al ejecutante y ejecutado con suspensión del remate de la cosa ú que la tercería se retiere, el ejecutado reconoce el derecho del tercerista y manifiesta no tener inconveniente en que se haga lugar ú la tercería, (fs. 23) expresando por su parte el ejecutante ú fs, 75, que la rectificación del embargo primitivamente trabado cn el juicio ejecutivo, no importaba un nuevo embargo, come lo pretendía el tercerista; que al contrario, la rectificación se refería solo ú los linderos, dejándose subsistente el embargo sobre un terreno situn do en el Departamento San Gerónimo ya registrado en 27 de mayo de 1900, 6 sen en techa anterior al acto de enagenación que hace valer el tercerista; que el campo escriturado ú favor de los herederos Fraga linda por el N. con Timoteo Aldao, por el $. con los herederos Armstrong, campos conocidos por Recquin, por el E. con la Colonia Irigoyen, Norberto y Timoteo Aldao, por el O. con Domingo Aldao, Perrone y herederos de Duarte; «que el campo embargado en esta ejecución en marzo de 1900 está situado en el mismo Departamento y distinto del euagenado úá favor de los herederos de Fraya, se compone de
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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:184
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