Í 16 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE
equivalente en moneda legal, como lo dice el texto escrito en el billete que he tenido ú la vista, Por el hecho de estar tijada la equivalencia enel boliviano billete si la moneda tesal, que eran los billetes emitidos por el HBaneo Nacional 6 por los otros por antorización de la Nación, deja de sermuna moneda especial, pues, el mismo Banco que los emitía, no estaba obligado á pagar precisamente pesos boltvimmos, simo que podía abonar en su tugar billetes de enrso lewal, Y si este derecho lo tenia el Banco de Santa Fe, el emisor de los billetes á bolivianos ¿como no lo había de tener an simple partienlar? y con enanta mayor razón enauto que lo establece el mismo texto del billete, Por otra parte, el billete santafecino nacido y eriado al amparo de las leyes de la Provineia, leyes que habían autorizado su inconversión y que sin embargo lo sostenían como moneda, tiene que estar sometido di la legislación de la Provincia, y es por esto que la Lexislatura dietó la ley de diez y ocho de octubre de 1553 que dice: Todas las oblizaciones expresadas en plata boliviana ó billetes del Baneo Provincial de Santa Fé deberán ser canceladas por los deudores por la moneda que ellos expresen, ó en sti defecto, en moneda nacional al tipo de sesenta y enatro centrvos por emba peso boliviano Resulta, pues, de esto que la oblización de Zinmerman de pagur 1500 pesos bolivianos billetes queda traasformada en esta otra: prerm le mistico stem et moneda de enrso legal, computándose por peso boliviano sesenta y enatro centavos de los cien que tiene caía peso moncda nacional, Que los referidos billetes bancarios son la moneda lezal de la Naión, no cabe «bula ante el texto del artículo % de In citada ley del 5 que dices - Mientras la ineonversión ee billetes Tu carios declarados moneda legal por la Nawion ete.>. y la dde manda iniciada por el Señor Lader cobrando Ta referida den da al Señor Zinmerman en el año 1502, ene de plano bajo la
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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:16
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