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Fallos: 95:191 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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la solicitud de Laverías, suscribiéndose mús tarde el Consejo General de Educación de la misma Provincia ú otros cien ejemplares por el mismo precio, que deberían pagurse después de su entrega. (Documentos de f. 3 y 1).

Relacionando otros antecedentes, el actor expone, en su escrito de demanda: « Que careciendo de los fondos necesarios para llevar adelante sus trabajos, obtuvo del Gobierno de Salta autorización para transferir sus derechos y obligaciones ú la casa Peuser ú otra, ú la que se haría entrega del plano original ó de una copia auténtica, Que el Gobierno exigió que se le remitiera tanto el mapa original como la espia, para pasarlos al examen del Departa mento Topográfico; y que cumplido este trámite, hechos los estudios y correcciones indicadas, se dictó el decreto de aprobación, que fué puesto or'zinal en el mapa, en 27 de septiem bre de 189), lo que hizo también el Gobierno de Jujuy, días después, el 1 de octubre siguiente, como consta en dicho plano, acompañado con la demanda.

Que, prorrogado el plazo acordado para coneluir esta obra, sólo quedabi el trabajo de taller, que fué encomendado ú la casa del demandante, la que dió aviso al Gobierno, en marzo de 1900, de haber concluido los mapas, contestándosele primero por telegrama, que se abonarían tan luego como fueran recibidos, y posteriormente, por nota de fecha 10 de marzo del mismo año, que el Dip.tado Nacional doctor Torino estaba encargado por el Gobierao de dar su conformidad sobre la exactitud de la obra, por haberse recibido denuncias de que la línea divisoria con Jujuy se había colocado avanzada sobre la región de las Salinas Grandes, diciéndosele, además, que el mapa contratado debía conformarse con los actuales aprobados por el Gobierno de la Nación y el Instituto Geográfico; axrega que se celebraron varias conferencias con el doctor Toriio. Que

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Año: 1902, CSJN Fallos: 95:191 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-95/pagina-191

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