gó clandestinamente una partida de tabaco (de cien ú 115 fardos) existentes en un buque anelado en las inmediaciones del parage denominado Campito; pero ninguno de ellos afirma que ese buque fuera la «Joven Petronita», perteneciente ú Languasco, callándose al respecto en la declaración de Sosa y diciendo Flores (fs. 21) que ignoraba cuál fuera el buque de referencia, y Miró que si él había manifestado en su deelaración ante la aduana que ese buque era el «Joven Petronita», lo había hecho, no porque lo supiera sinó porque se lo dijo el administrador de la aduana de Santa Fé (fs. 51 vuelta).
Que por las declaraciones de Sosa, Flores y Miró se comprueba que el tabaco se depositó una vez descargado, en una habitación de la casa de Don Rodolfo Palacio, por convenio con Miró que estaba encargado de esa casa por el dueño, constando que algún tiempo después el tabaco fué sacado del depósito y llevado úla cigarrería de don Enrique Ausardi y C.", según lo dicen Sosa, Miró, los carreros, Félix Cuello (fs. 55) y" Rosa Acosta (fs. 26) que lo condujeron y el comprador Enrique Ausardi (fs. 27 vuelta).
Que en los recibos de fs. 81 y 82, presentados por el com- > prador Ausardi, aparece Don Francisco Martín como vendedor del tabaco que aquél compró, haciéndose constar en el primero de esos recibos que el tabaco era Pará, Que no registrándose en los autos otros elementos Je convieción que los mencionados, no puede sinó reconocerse que no hay prueba bastante de que el buque «Joven Petronita» de la propiedad de Languasco haya llegado hasta la Asunción del Paraguay en su viaje de ida, ni tampoco de que sea de ese buque que se haya operado la descarga clandestina del tabaco de que dan testimonio Sosa, Flores y Miró, ya que hay que eliminar la prestada por el tripulante Navarro dado el mérito que en oposición resulta de lo afirmado por el otro tripulante Angelini y de la confesión de Languasco, que no debe divi
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Año: 1902, CSJN Fallos: 95:188
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