175 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE Buenos Aires, Enero 19 de 1901—Con los autos traidos y constando en las cédulas de fs. 116 que se ha ordenado la entrega de las mercaderías embargadas, al señor Grogorio Burgos, efeetúese dicha operación en el acto de la notificación, eometiéndose la dilirencia al Oficial de Justicia del juzgado, sirviendo de suliciente despacho esta resolución. Firmado: - Astigueta Como no pudiera darse cumplimiento á la precedente resolnción, el depositario Burgos denunció el domicilio de Fangenax en la calle de Yerbales número 741, y solicitaba se Hevara efecto en este domicilio lo ordenado en la providencia de fs.
bajo los apercibimientos de derecho, proveyendo á este escrito el señer Juez ue feri" en todo de conformidad. El Oficial de Justicia al dar cumplimento ú lo ordenado hace constar en si diligencia que don Aquiles Fangeanx, según lo ha manifestado una persona de la casa Yerbales 761, y que dijo Hamarse Andrés Amuel, no vivía allí, terminando así su cometido, Nuevamente Burgos ocurre ú este Juzgado con fecha $ de Febrero del corriente año, manifestando que de las averigua ciones que ha practicado, resulta que el señor Aquiles Funsgentnx está domiciliado en la mencionada ensa Yerbales 741, y que apesar de negarlo está comprobado por la constatación, ú si pedido, por la comisaría de la Sección 26 que hizo seguir los carros en el día de la mudanza, y que en consecuencia y bajo su responsabilidad, pedía se intimara 4 Fangenux enel dicho domicilio, entregara todo lo embargado haciéndose efectivo el apercibimiento de apremio. — En once del mismo mes se proveyó de conformidad sin más trámite, Tampoco en esta oportunidad dió resultado alguno la intimación del decreto que antecede; pués al constituirse el Oficial de Justicia en el domicilio indicado, fué informado — por una persona que dijo llamarse Francisco Hoefenzer que Aqui les Fangenux no vivía en el expresado domicilio.
Con fecha dos de Marzo del corriente año, este Juzgado, da
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:176
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