durante > estación de 1897 3 1595 (fs IE vta. y 39 via, pre rtimtas 6).
Que no obstante estas negativas, el mismo Basaldúa, absolviendo á Es. 73 Ia 3 posición del pliego de fx, 70, reconoce que dijo ú Zamboni «que si salía con la trilladora a verificar el trabajo de trilla, le abonaría los centavos ú que se refiere la presunta»... 6 sent los doce centavos referidos, Que por otra parte, están comprobadas ein mitos las regi raciones Hevidas ú cabo por Zamboni en la trilladora mencionada, como lo establece la sentencia de 1 instameña, (fs. 76 via.) Que las afirmaciones falsas del demandado, con referencia á los dos puntos indiendos, contribuyen ú corroborar la presanción de que las reparaciones en la trilladora, para las cuales se han empleado oficiales, no estabin comprendidas en la retribución mensual de cien pesos acordados 4 Zamboni, Por estos fundamentos y concordantes de la sentencia apelada de Es. 75, se confirma ésta. con costas. — Notifíquese con el original y repuestos los sellos devnélvanse, Ness amis Paiz. — Añer lDazás. — Nixon 6, DEL Sonan.—M. P.
Dane,
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:173
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