E y , 20 FALLOS DE LA SEFREMA CONTR trario, tales hechos no autorizan la prórroga de la jurisdicción, improrrogable en materia eriminal, según expresa disposición del artíento 19 del Código de Procedimientos en la materia, Por ello pienso, que procede en el enso, la jurisdieción del señor juez de instrneción de Tuenmán: y pido a V. E, se sirva así deelararlo, de conformidad con lo expuesto por aquel magistrado en su anto de foja 25 del expediente corriente, Sabiniano Kier,
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Arres, diciembre 10 de 1901, Vistos: de acuerdo condo expuesto y pedido por el señor procurador general y con arreglo á la doetrima que surge del articulo 55 del Código de Procedimientos en lo eriminal, se de elara que el conocimiento de esta emtisa corresponde al juez de la provincia de Tuenmán, Remitansele, en consecuencia, los antos y avisese para oficio al juez de instrucción de la Capital.
BENJAMÍN Paz, — ABEL Bazán. —
NICANOR (5. DEL SOLAR. — M,
P. Daracr.
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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:260
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