CAUSA CDLVI
Don Julian Martínez contra el Ferrocarril del Oeste N por daños y perjuicios , Sumario, — Aceptada la sentencia del inferior en la parte que impone al demandado la obligación de pagar al actor los daños y perjuicios reclamados y observándose por aquél únicamente el quantum de los mismos, fijados por la sentencia, corresponde en -—_° última instancia determinar, solamente, el quantum observado, y Caso. — Resulta del siguiente FALLO DEL JUEZ FEDERAL «AD HOC» La Plata, abril 6 de 1899.
Y vistos : los presentes autos seguidos por don Julian N,
Martínez, hoy su sucesión, contra el Ferrocarril del Oeste de Buenos Aires por daños y perjuicios, de los que resulta : ; 1 Que á foja una don Emilio del Real por el actor, dedujo demanda contra la empresa del Ferrocarril del Oeste pidiendo que fuera condenada al pago de perjuicios y á las costas respectiVas, Exponiendo los antecedentes que la originan manifiesta :
N
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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:127
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