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Fallos: 92:374 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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partidas, que hacen un total de 955,20 pesos, de las que recibió Guastavino, resta á favorde Caleagno y en poder de aquél 35,54 pesos, que deben ser devueltos, 4" Que por lo que se refiere á los sueldos que cobra Guasta vino en su enrácter de eapitán del brgue Eugenio Calengno, se presenta la siguiente enestión : ; Guastavino Mé despedido del buque con justa eamsa 6 no ? En el primer esso, no tiene dere eho ú indemnización alguna, en Merza del articulo 1050, Códizo de Comercio; en el segundo caso sí tendría derecho 4 exigir el pago de sus sueldos, 57 Que está justificado, por propia confesión de Gruastavino, que el representante en esta cindad del propietario del bngue, lo era su hijo Engenio Calcagno, que Mé de éste de quien reci bió la orden de irá Tayuti a cargar madera, orden que la emm plió inmediatamente, que habiendo regresado ú aquel puerto, por no haber encontrado lista la madera que debía enrgar y porque el rio bajaba, le MÉ reiterada la orden de que volviese a Tayuti á pesar de las razones antedichas que alegaba el eapitán para no hacerlo, orden que no obedeció, originando la protesta de y foja una por parte del representante del propietario del bique y la despedida del capitán Juan Guastavino del Eugenio Cal enmgno, 6" Que, como se ve, el capitán Gustavino, desobedeciendo la orden del representante del buque, faltaba al enmplimiento del servicio, para el enal se había ajustado, enal era conducir el haque donde su dueño 6 representante le indicara, 7 Que esa falta de cumplimiento no puede disculparse con las razones alegadas por el demandado : 1 para comprobarias, no ha producido más priebas que las del vaqueano Tiburcio Noguera, fojas SI ú 34, que aunque declara de conformidad con lo expuesto por Guastavino, por su singularidad no hace fe en juicio con arreglo á la Jey ; Y que ann suponiéndolas exactas, no lo autorizaban á abandonar el puesto de Tayntí, donde debía

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:374 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-374

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