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Fallos: 92:377 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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una y otra instancia pagarse en el orden esmmsado, Notifíquese original y repuesto el papel, devnélvanse, BENJAMÍN PAZ. — ABEL Bazán, —
OCTAVIO BUNGE, — NICANOR G, DEL
SOLAR. — Mavricio P. Daracr.

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CAUSA CDNNN
Don Agustín Bozzoli contra la provincia de Corrientes sobre cobro de pesos Sumario. — Negados por la parte demandada los hechos alegudos en la demanda, corresponde al actor acreditar la verdad de los mismos, Cao. — Lo e" plica el siguiente
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, noviembre 19 de 19901, Vistos estos antos promovidos por don Agustín Bozzoli, con tra el gobierno de la provincia de Corrientes, sobre indemnización de daños y perjuicios, Y considerando: Quesegún lo afirma en su demanda, durante la revolución que derrocó el gobierno de aquélla en mil ocho cientos noventa. y tres, un empleado del referido ¿robierno se presentó en su domicilio y leintimó la entrega inmediat: de una

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:377 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-377

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