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Fallos: 92:369 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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FALLO DEL JUEZ FEDERAL
Nuenos Aires, agosto 17 de 1900, Y vistos: Por las consideraciones. de la vista del señor proenrador fiscal de foja 55, y por los fundamentos de la resolucion ministerial de foja 19, que el juzgudo enenentra ajustadas á derecho, se contirma, con costas, la mencionada resolución, Notifíquese con el original, y enoportanidad, devnélvanse estas actuaciones a la aduana de la Capital á los efectos. consigttientes, Repongase el papel, Franciseo LB. Astigueta,
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, diciembre 12 de 1900, Suprema Corte :

Está plenamente comprobada y reconoce el apelante la infracción que motiva este proceso, consistente enel exceso de 744 botellas de vino que aparecen en el manifiesto de rancho del vapor Za Plata, La excusa capital que el recurrente alega en su descargo, se funda en que dado el privilegio de poder salvar los errores cometidos en el manifiesto general durante todo el tiempo de a descarga, de que gozan los vapores paquetes como el mencionado, según lo disponen los artienlos S46 y S47 de las Ordenanzas de Aduana, el error cometido en el caso ocnrrente, pudo ser legalmente salvado sin resto alguno, á no haber sido la precipitación con que procedió La nduzana, T. NE, =

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:369 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-369

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