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Fallos: 92:330 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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miento, no puede hacer valer contra el tenedor del docnmento las excepciones y defensas que pudiera hacer valer contra el endosante, —— Caso. — Lo explica el siguiente
FALLO DEL JUEZ FEDERAL
Paraná, septiembre 15 de 1508, Vistos y considerando: Que la excepción de incompeteneia > de jurisdieción se Mada en que el juicio estaba radicado ante la justicia provincial con anterioridad á la demanda de Basil dúa, en virtud de gestión promovida por el demandado Oberti, lo que pudo verificar éste legalmente por ser de jurisdieción concurrente las estisas en que son parte un cimdadano extranjero y un argentino.

Que aunque el excepcionante no expresa elaramente por qué acción demandó Oberti, á quién ni ante qué juez de provincia, es de presamirse que se refiere á la consignación que hizo ante el juez de paz de Vietoria del valor del pagaré en ejeención, para que se hiciera pago á doña Agustina D, de Zalazar de que hace mérito en su escrito de excepción, Que por la misma razón de tratarse de un caso de jurisdieción concurrente, la excepción de incompetencia ante on tribunal de provincia ó más bien, la excepción que correspondía desu cirse es la de Zitis pendencia, excepción que no procede contra un pagaré á la orden, por cantidad tija y á plazo determinado, como lo es el que se ejeenta, Fallo de la Suprema Corte, serie 2, tomo 4 pág. 24 , y artículo 270 de la ley de procedimiento, y Código de Comercio.) Que, además, la excepción no resulta probada, porque el juí

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:330 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-330

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