" E Que este individao se encuentra indebidamente detenido, por no haber x en untos semiplena prueba ni indicios de ningún género de haber eomerido a «el alelites epuie we de impritaa, EA Compretmliómble isí, mit emba Y. 5, te le elietaedes cito de prision, ino = seneplemente ade letemeión cfaja 2 vmelraj, y Vero como rfi =e die prrelemrieles yin puesr us Eiempuee eleh prerimitredes quer "a la ley cart. SON y siguientes del Gini. ide Prueve. es lo rriminal), y m0 pre elicmedoso mmponer por mayor Ftetapo, it respr=alalidad del funcionario ñ apuros Loa canteorzee. me cnporemros ¿6 uUnifestiardos ¡sí sí te reeibucel, 26 Hito ele apuros 1 esrelene arme oliar.amienote Lo Tibeertinel ele mii eleermbielos.
Ba mas prreetosir ¿rarattia let eitmebicolinros, Puterio efes la y felia, es =oo Dibeertamd z y ale aales epaños Dos Degristuciónne ele Teutera Does putetoless civilizados, site cliverepun :
via, ha estatilecido lo mue el articile 265 del vúdizo citado, 1 saber, «ue D ncielio- pedecedes er poriviceles ale= elrehria erorienabria mínteo rueelizanates poreedec= ee imeló- E eos bastantes de haberse cometido ut delito del derechos peral. 3 Orieso es repetir ape en ester vaso mo hay tales priebas é imbiciós, pues o e madie =e ha pueocupado de rennirlas para desvirtuar La indivisilbilidad de la eotifeston de Povino, que declara tener ú prinis diez y siete años, siendo 3 por otra puerto e tiene 4 bien. las difigencias que erva combnventes 3 0verignar La definemen- | cia «que por hoy DE apuree. a le aaverinciardes 3 D'ervitis em elopde Ena mieciedes y sides bamtizado, quiénes 1 sena sis quedres y el Imgar ale sip resicleneía, Nada sabe, porque es huérfimo. : En tal caso, me labora mis rempeelior eprre ccitrria ai Informes medicos peri establever sir well, Vor tanto. ruego 4 V. 5, que se sirva ordemar La Vibertad de má elefen«dido, sin perjecio de que con el may or detenimiento «que juzgue necesario revnja los elitors apuros si un junior, Inesterrs quero eliefar niteyitmente into ee J aloe meión e prisión, Una de das diligencias pede ser un informe de los médicos de policia . entres Da elite moúminaza, prestucibole elos oPorcnoo D'onvine, La que urge sobre todo es remediar lo hecho, con la soltera, sin más tramite, de dicho anjeto, Será justicia, ete. — Salvador de la Colina, Ario DEL JUYZ Frnrnas. — La Plata, muezo 21 de 1901, — Nor etncontrando merito para motificar el decreto recurrido, concódese la apelación deducida en relación y ambos efretos, elevánidese los mttos dí la Snprenis Corte en la formas de estilo. — Godoy, Escrito, — Señor juez federal : El defensor.de pobres, en la emisor coti tra Junn Povino por falta de enroliamienteo 3 V, 5., elige: Que er má escrito de foja 6, solicitó la inmediata libertad de mí defen- ; dido, por conveptiar indebida y contra derecho su detención. LE 5 E
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Año: 1901, CSJN Fallos: 91:65
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