esl, no ha Ingar á la excarcelación bajo fianza, que DE volicita, — Francisco | D. Avtigueta.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL, — Buenos Aires, abril 15 ele E 1901. — Suprema Corte : El procesado Juan Forneri, según su declaración | indagatoria de fuja 10 vuelta, aparece antor del delito de tentativa de cir| enlación de billetes falsos del Banco de la Nación Argentina. :
Como al delito de circulación de billetes falsos de banco, corresponde la pena impuesta en el artíenio 62 de la ley sobre crímenes contra la nación, de 14 de septiembre de 1863, cuyo término medio es de cinco años y medio de trabajos forzados y 2750 pesos fuertes de multa, 13 aplicable al prose Saulo en el cano mab-judice, según lo establecido en el inciso 2 del artículo 12 del Código Penal y con sujeción lo dispuesto en el artículo 9 de la ley penal de 1863, aun en el eno más favorable al reo, nltrapasaria el promedio determinado en el artículo 376, reformado, del Código de Proceimientos en lo eriminal.
En tal caso, no siendo procedente la libertad bajo fianza del enentsado, pido á Y. E., se sirva contirmar por mts fimdaamettos, el mite vpyladao de foja 2 vuelta, que así lo declara. — Nabiniano Kier.
FALLO DE LA SUPREMA CORTE, — Buenos Aires, mayo 1ide 1901, — " Vistos : De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor procurador ¿rneral se contirma, con costas, el anto apelado de foja 2 vuelta, Notifíquese eon el urigidal y devnélvane.— HBENJAMÍN PAZ. — AÑEt Bazix. — Oc
TAVIO BUNGE,
CAUSA CIY
Recreo de e habras corpus» á faror de Nicolás Funes SUMARIO, — No precede el recurso de habras. corpas á favor del que re silta obligudo 4 prestar servicio e e) ejército, Caso. — La indien el siguiente Fanto DEL JUEZ FEDERAL, — Buenos Aires, febrero 20 de 1901. — Aulos y vistos : Considerando : Que sezgún resulta del inform eel estado mo yor general. de foja 10. el recurrente Funes, se anotó en el regimiento 11 de guardias nacionales hajo el número 315 de mutríenla. cumo nacido en la Capital, el 10 de nbril de 1560, Que £ los efectos del sorteo, las may: "ias sólo Ciemen et ementia Lan añotaciones de sus libros, de manera que al ser sorteado el recurrente, y de acuerdo con la edad que dió al anotarse, Que, por lo demás, el conseripto Funes, nada ha hecho ni intentado para 4 salvar el error de la anotación de si edad, ni tampoco se, ha probado que se haya presentado al sorteo de los de su ela, la que debiera inducir nl | Juzgado ú considerarlo como infractor á la comeripción de los del año seo
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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:250
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