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Fallos: 90:243 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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DE JUSTICIA NACIONAL 23 b

CAUSA NUIX
Criminal, rontra Pablo tiómez. por infracción a la ley de servicio militar Semanto. — El infrnetor a la ley de servicio militar, número 2:51 , e» pasible de la pena de servicio en el ejército permanente por el término de elos años, - Caso. — Lar medico el igniente Farc pri JUEZ FEDERAL. — Paranó, Febrero 12 de 101, — Y vi tos : La cansa seguido contra able Gomez, argentino, soltero, jormalero.

ee 21 años cumplidos, por infracción de La ley ole servicio militar, Y eotisideralo: 14 Que está probado por las anotaciones dde la Hibreta de enrolaniento, no contrudichas por el procesado Palo Gómez. que éste muncción ena eBonlioo bes ENTE, y quor leo Giamleo, ene ASNO Pesaráza veinte caños eumpopbicions enel anterior.

2 Que está igrulimente proto pur el informe ele Ta jemtr ele morte del Rosario Tala, que el expresado año 1900, Palo Gómez, fué sometido ú strteo com les elemiis ele =i elirme, entitemiemee bolilla de contingente, «ue dando desde luego, obligulo 4 presentarse para prestar servicio en el ejérvito prrimunente, Que la imspeecion de milicia denuncia si Gomez, come que faltó si este deber y él miso msi lo contes, Que la ignorancia de has leyes 107 es eveitas atemdible mi etba releva ele vevepertanatrilicliaed sol aperos Das imPrimago, Por estas considermeiones, y mo luiiemele pristrieimeles Pallo Csomez, Te her sido exceptuado del servicio por la junta de reclamaciones lo deslaro infractor de la ley 130 que preseribe el servicio militar edligaterio de los ciudadanos de 20 años, enmplidas, artientos 25 y 11, y en consectieneia, lo condeno ú prestar servicio por el térmimo de des años enel dicho ejército permanente, vr conformidad con le que dispone el articulo 11 ya citado, debiendo descontarse de ese término el tiempo de detención que hu sifrielo, cute costas y pequitizgise lus selles y húgiso saber. — Mi de Y. Pinto. .

Vista DEL SEÑOR Proc tuinol GENERAL. — Buenos Aires, murzo 28 sde 1908, — Suprema Corte : Via sentemeia ee foja 135 virelta se ajista 2 los hechos de La cama y las preseripiones de La ley 50 respecto de las inFractores del servicio militar artivo, En str mérito, y no habiendo la defenso expresado uyravios que predan desvirtuar los fundamentos de iuella sentencia condenatoria del provesado Pablo Gómez, me limito sí pedirá V. .

E. se sirva contirmaria por sis fundamentos, — Nabiziano Kier.

FALLO DE LA SUPREMA Contk. — Buenos Aires, mayo Ede 1901, — Vistos :- De acuerdo con_lo expuesto y pedido por el señor procur dor general. por sts fundamentos $ en virtud de lo preseripto 1 el párrafo final del artiento trece de la Jey tres mil trescientos diez y vcho, con vinje

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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:243 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-90/pagina-243

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