Por ésto, y de conformidad con lo dictaminado por el señor procurador p fineal y por los fundamentos concordantes de las resoluciones de foja 14 vuelta y 25, se confirman éstas, con costas. Notifíquese con el original y en oportunidad remitanse estas actuaciones 4 la aduana de la Capital los efectos consiguientes. Repóngase el papel. — Frasciaro E, Aatigueta. A Y VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL. — Buenos Aires, diciembre 7 y de 1900. — Suprema Corte : El recurrente don Otto Willers uo ha expre- q sado agravios y ha decaído su derecho para hacerlo, según el antode Y. Es, o de foja 24, ú En esta situación, los fundamentos de la sentencia de foja 21, afirmados LA por las comideraciones de la vista tisval de fuja 185, quedan intactos, de- a Mostrando la justicia de la condena impuesta al recurrente, por la resolu 3 ción administrativa de foja 11 vuelta del expediente agregado, Pido por 3 ello á V. E. se sirva confirmar por sus fundamentos, la sentencia reenrri- | da de foja 21, — Sabiniano Kier, | FALLO DE LA SUPREMA CORTE. — Buenos Aires, abril 25 de 1901. — | Vistos y considerando : Que la sentencia reenreida es conformes con la dis- N posición del artíento novecientos sesenta y ocho de las Ordenanzas de ! Aduana. , | Por ésto, de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor procurador EJ general y por sus fundamentos se confirma, con costas, la sentencia apela- 7 da de foja ventiuna. Notifíquese con el original y repnestos los sellos, de- y vuélvane. — BENJAMÍN PAZ. — ABEL Hazás. — OCTAVIO BnxGE, — a Jas E. Tornext. 4 CAUSA LXXXIX | La mciedad Malreón y Puerto Norte de Buenos Lirex contra la empresa del | Ferrucarril Huenon Aire y Rosario, por interdicto y absolución de posiciones; | _ sobre apelación denegada. . A Semxanio, — Habiéndose hecho parte en el juicio el citado de evieción - | el anto mandando absolver posiciones a) citante, trae gravamen y es ape | A Caso. — Lo indica el signiente | | Ixvonxe Drs JUEZ FEDERAL, — Buenos Aires, abril 25 de 1901, — ñ Naprrma Corte : Imtaurado el interdieto de poseer por la sociedud Malecón Es y Puerto Norte de Buenos Aires contra la empresa del Ferrocarril al Roe | sario, se sefialó la audiencia que prescribe el artículo 322 de la ley nacional de procedimientos, Antes de realizarse esa andiencia fué citado de evieción el poder Ejecutivo nacional, Notificado el excelentísimo señor presidente de la República, el poder ejecutivo decretó :
Ruenos Aires, noviembre 15 de 1900. — De aciendo con la ley número 3367, pase al procurador tiscal de la Capital, para que numa la represen- La a
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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:213
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