HA -— Que dos hechos expresados, ponen 3 enbierto de toda responsabilidad al y asegurador, porque así está expresamente estipulado enel articulo etzrto o de la póliza, además de las disposiciones legules eonevridamtes: y vna ie Hi aenitioeneodes eqrres rvialumetates mas Dicallialeza 6 Dveorolor ele Dia Danrelesa emanales éuta 20 e nabró. Es Por estas funmelamentos y cenvoriambes dde La mentemeia spudieda de faja descientas veintitres, se confirtma ésta, con rastas, Notifiquess von el ori gina y repuestos los silos, devnelvanse. — BENTAMÉN PAZ. — Amis lis O4ÁN, — Derio 15 sar, — Jtas E Tonrrxa.
CAUSA LIN
Criminal, contra Pedo Berro sas Prtin, por falsificación de intleiv de cara legal 3 sobre cudargo Sivado, — El embargo en los provesos criminales elebe rarantie da efeotividad de las pones preimiarias y ee Las respunieabilidiides visibles, vt apties porecole- inetirrir el proscesmelo, Caso. — Lo explica La sigiiente Prrición, — señor juez oderal : Julio Y. VillaEaño. eletemar ide Vedro Mero ete Lar einise egnres [eevonentonestaTes enano volen me" Des migeotos preor rivwobaeiont ele billetes Falsos de Temo, 36 V. =.. digo .
«guias ti movieaboris ales mb: educiicmaodieles Vectozres sa prebirtes sí VS ue mireia pelas cir ha sm fijada en el ato ele prison porventiva puerz el emlenrare elet wm, Caramelos Vi om. oltetos elredves cerros y Dijon sn nene 1000 cemento metes mel qresnos Mee, meula reienaad, Trives side eletelia en oeitenda, ls prrsitiles resprtisabrilidides ví viles ade los precexides pur bes hechos por que e iustrmía este simiirio, Vero elesdo La terdaa ele este cambie Iastar clucarzo Laa rrvestiziriene Teviela 3 calvo eumonteco Tabmar: grneienbe y prreclifca, Ducolorio prelicheo elvejene" aevecrizerardes epuirJers direis ee mii ele tenmaliodes mes Pista eeiamientazirdes - perfirieio sí tercera pres mezzirr Putagos etiteineliodes, aeurecoboo Cee lennnooo mes Buzo diecehoro maño Duce Dbegivales 36 000 mocimenta de pue pueorota slizvra Jueyir - restaltiuelo preejimbremea puer ee Testi.
Fnoeede Picas tete, cominielentes jrumteo, apinor boi en poreeuvolza =nbrnozo elos 2709, 0MDOD qe in seco rele pelia 2 lo estrictamente Mecesirios de evenfiormieied cb artícnle 15T elel tulizo ele Procedimientos. Con esta tdeeeios eptendartan sitisfe chas has eNizenetas ide La ley. y mi eleferibido puedria 3 sit tez. alar bienes a cembuarzzo, Je que ho punto Hacer por la ercetda mima epi =e Hijo et e entes ale prision preventiva. mando el eticial de justicia difigeneio e mm alzamiento ele etileno.
A tin de dejar mayormente desostrada La proscdetiens de da rcítecion que solicito, quiero consignar 1 continmeión La jurisprudencia ape Ls =i poreunar Corrte, ein euumens cabunlesters, dir alecjandos seitiolzo.
Para muyor preeisióon, transeribir los sitmmart que sebre eu MTiST=
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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:142
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