Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 9:234 de la CSJN Argentina - Año: 1870

Anterior ... | Siguiente ...



CAUSA LXXII.
Folmar y C° con D. Vicente Copello, sobre nulidad de un laudo arbitral.

Sumario. — 1" Debiendo presumirse que al dictarse un laudo arbitral se han llenado las formalidades legales antes y en el acto del pronunciamiento, es á cargo de la parte que lo ataca el probar que dichas formalidades no fueron llenadas.

2 Siendo la cuestion á resolver puramente de hechos es en estos y no en la ley que los árbitros deben buscar los fundamentos de su fallo.

3" La prescripcion del art. 4752 del Código de Comercio no comprende á los árbitros arbitradores y amigables componedores.

4" El no haberse recibido la causa á prueba no es una causa de nulidad que pueda alegarse contra un laudo arbitral.

5° El procedimiento arbitral mencionado no tiene mas restriccion que la de proceder de buena fé y sin engaño.

6" No es tampoco una causa de nulidad el que el laudo no esté firmado por uno de los tres árbitros que se negó á hacerlo, habiendo constancia que estuvo presente cuando se acordó la resolucion.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

60

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1870, CSJN Fallos: 9:234 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-9/pagina-234

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 9 en el número: 234 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos