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Fallos: 9:217 de la CSJN Argentina - Año: 1870

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entregados al Sr. Molina, de quien procedian sus poderes, y la única persona para quien y á nombre de quien se le habia dado esa cantidad.

Que las cantidades que Molina ganó durante el tiempo que sirvió su empleo, y lo que se le debia tambien por los suplementos que habia hecho al Secretario y Fiscal, y lo que se le debia por los gastos curiales que suplió de su peculio, no pueden ser jamás propiedad del Obispado, sinó personal y esclusiva de Molina.

Que si se tratara de los Espolios, estaria el Obispo en el derecho de cobrarlos para aplicarlos á la Iglesia, pero que no han sido pagados hasta ahora.

Que su poder no podia ser sinó en calidad de Vicario del Obispado de Cuyo, desde que era para cobrar los sucidos que le señalaba el presupuesto como tal Vicario.

Pero que pretender deducir de aquí que habiendo cesado Molina en la Vicaría, su poder por el hecho habia caducado, es pretender un despropúsito, porque tratándose de un crédito que sigue á la persona del acreedor, aun despues de haber cesado en el carácter que lo produjo, el que fué encargado de recaudarlo continúa siéndolo hasta desempeñar el mandato, y mucho mas si este se hubiese. empezado á ejercer.

Pidió se rechazara la demanda con espresa condenacion en costas.

En seguida el Juzgado puso la causa á prueba, debiendo versar la de testigos, sobre los puntos siguientes :

1 Si D. José María Bombal ha cobrado de la Tesorería Nacional, como apoderado del Presbítero D. Rizerio Molina, la cantidad de 3,195 5 fs. pertenecientes al Obispado de Cuyo.

2 Si el poder conferido por Molina fué en su calidad de Vicario en Sede vacante de la Dicesis, y 3" Si las cantidades cobradas por Bombal procedian de sueldos del Vicario Molina y adelantos del mismo, de los del Fiscal eclesiástico y Secretario, devengados en el tiempo que desempeñó la vicaría general de la Diócesis de Cuyo.

Con la prueba producida por las partes, se dictó el

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Año: 1870, CSJN Fallos: 9:217 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-9/pagina-217

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