Caso. — Lo explica el Falle del Juez Federal Córdoba, Agosto 24 de 1897.
Y vistos : la rendicion de cuentas presentada por el señor Adolfo Pereyra Molina, é solicitud del representante del Banco Nacional, en liquidacion, y del señor Elden Dinkeldein ejecutado por dicho Banco, rendicion que de él pidieron por haber sido depositario de la Usina de Gas y Aguas Corrientes en la ciudad de Río Cuarto y otros muebles y dependencias de la Usina, y la cuenta de sus honorarios presentada por el depositario, de la que resulta :
Que presentada la cuenta de foja 34 por el depositario, el Banco y el ejecutado se oponen á que ella se apruebe y el último se funda en que faltan artefactos y cañerías de los depósitos ; dice que éstas se han sacado y entregado á la MunicipaJidad, sin autorizacion ninguna ; que los objetos depositados han sido tratados con la mayor indolencia, que se han dejado saquear por el gerente del Banco de Río Cuarto; que la Usina se ha arrendado por un precio verdaderamente irrisorio; que la Usina ha estado más tiempo arrendada; que son ridículas las sumas por qué se han alquilado los inmuebles del ejecutado y que no debe pagarse por el honorario del depositario, más que la suma de 68 pesos moneda nacional.
Contestando la parte del depositario, dice : que los caños han sido colocados para poder dar el agua al municipio de esa ciudad ; que se colocaron creyendo cumplir una autorizacion del jusgado; que estaban seguros y que podían ser retirados si fuere necesario; que el precio por qué se arrendó la fábrica, era el justo y que al opositor le tocaba probar el mayor precio que hubiera sido posible sacar por arriendo ; que él debe tambien
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Año: 1900, CSJN Fallos: 89:279
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