DE JUSTICIA NACIONAL 245 veintiuna, se confirma éste en la parte apelada, con declaracion de que al efecto del nombramiento de peritos, el juez de la causa procederá con sujecion á lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y dos de la ley de procedimientos, en cuyo sentido se reforma el citado auto. Notifíquese con el original y respuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO RBUNGE. —JUAN E. TO-
RRENT.
CAUSA «Duna Doña Andrea Fernandez Oro de tionzalez, contra don Miguel P. (Quinteros ; sobre nulidad de contrato Sumario, — Nada se opone á la celebracion de contratos para la enajenacion de la cosa comun, cuando se someten en sus efectos al consentimiento del condómino. 1 Caso. — Lo explica el Valle del Jues Federal Paraná, Octubre 22 de 1896.
Vistos : en la causa iniciada por demanda de don Sebastian Vazques, á nombre y representacion de doña Andrea Fernandez Oro de Gonzalez y de su hija menor Artemia Gonzalez, con
Compartir
52Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1900, CSJN Fallos: 89:245
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-89/pagina-245
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 89 en el número: 245 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos