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Fallos: 88:308 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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— 908 FALLOS DÉ LA SUPREMA CONTE nacional que une á Bahía Blanca con Puerto Belgrano, para utilizar el alambre galvanizado en hacer un cerco en la casa de su propiedad.

Los antecedentes de autos demuestran el lugar y circunstancias del hecho, del que el procesado se declara autor, El artículo 52 de la ley de Octubre 7 de 1875 de telégrafos nacionales, castiga esta clase de delitos con multa hasta 100 pesos fuertes ú prision que no exceda de un mes.

Comprobada como está la responsabilidad de Enrique Paolini en el hecho denunciado, ha de tener V, S. á bien imponerle un mes de prision, de acuerdo con la disposicion precitada y las costas del proceso.

G. G. Vieyra.

Fallo del Juez Federai La Plata, Agosto 27 de 1900.

Hágase saber al señor Fiscal que no debe presentar ni puede admitírsele acusaciones, en causas en que no se ha dado por terminado el sumario, y que debe presentar sus solicitudes ó escritos en papel separado, sa aprovechar los claros, como lo hace, con lo cual interrumpe la regular tramitacion, pues impide que las notificacion s se asienten ep el lugar correspondiente, ó sea, á continuacion de las providencias, Isaac tiodoy.

Auto del Juez Federal La Plata, Setiembre de 1900.

Autos y vistos: Los recursos de reposicion y ape'acion en subsidio, deducidos por el señor Fiscal, de la resolucion de foja 35 vuelta.

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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:308 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-308

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