DE JUSTICIA NACIONAL 259 y Y considerando: 1 Que está comprobado que en Junio de 1892, don Alejandro Urizar tenía depositado en la planchada de sa estacion e Ramon Cáreano», del Ferrocarril Central Argentino, la cantidad de tres mil fardos de alfalfa, más ó menos declaracion de foja...) 2 Que está igualmente comprobado que en la mañana del 22 del mismo mes y año, dicho pasto fué totalmente incendia- :
do por las chispas que arrojó, al pasar, una múquina de esa empresa, que andaba haciendo cambios en la estacion, El , testigo Francisco Miret, vió caer el fuego y luego incendiarse el pasto, á mas oyó al jefe Badessia que el pasto lo quemó la máquina. El testigo Juan Amblar vió el pasto quemado y oyó al jefe que lo habían quemado las chispas que desprendía una máquina al ser limpiada por el foguista (foja...). El testigo Santiago Leenderdof, dió la misma declaracion á foja .. afirmando tambien ambos testigos, que esas declaraciones del jefe se hicieron ante un señor Cisneros; que el pasto quemado ascendía a 8000 fardos mas ó menos. Y por último el hecho está confirmado por la declaracion extra-judicial del gefe de esa estacion señor Badessia, cuyo reconocimiento no sólo consta de las anteriores declaraciones, sino tambien del certificado de foja... concordante con ellos y con la carta presentada por la empresa ú fuja 79, recibo y carta, comprobado pericialmente (foja 88).
De esas declaraciones, certificado y dictáúmen pericial, resulta, indudablemente, comprobado el incendio, pues tiene poca importancia la distinta causa que hizo salir el fuego de la máquina, á saber: si fué el foguista, segun el dicho de los testigus de Amblar y Lenderdof, que derramó las chispas, ó si fué el solo tiraje de la chimenea, es decir, la máquina misma, segun el certificado del gefe y la declaracion de 'iret, que es lo más seguro, dado el orígen autorizado de éstos; pero de cualquier modo resulta cierto que fueron chispas 6 resíduos
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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:259
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